LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 4546 DEROGADA LEY N° 4796 ARTICULO 1º.- Derógase el Inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Nº 3161. ARTICULO 2º.- Modifícase el Artículo 70º de la Ley Nº 3161, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 70º.- Después de cada dos (2) años de actividad en la Administración Pública Provincial, el […]







