LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 4574 ARTICULO 1°.- Prorrógase hasta el 31 de enero de 1992, la fecha tope – establecida en el Artículo 26 de la Ley N° 4440 “Declarativa del Estado de Emergencia del Sector Público” – para el rescate de los: títulos públicos denominados: a)Título de Consolidación de la Deuda Pública Provincial – Obras Públicas […]