LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY N° 4876 ARTICULO 1.- Atendiendo a lo dispuesto por Ley N° 1.217 del 29 de agosto de 1935 – reafirmado por el artículo 2° de la Ley N° 4249 del 21 de octubre de 1986 – Desaféctese del dominio del Estado Provincial el Lote 48 A-1 Padrón A-52598 cuya superficie remanente es de 42 […]







