LEY N° 4956
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 4956
“DE ADHESION AL CAPITULO I DE LA LEY NACIONAL N° 24.467”
ARTICULO 1.- Adhiérese la Provincia de Jujuy al Capítulo I de la Ley Nacional N° 24.467 – Estatuto de la Pequeña y Mediana Empresa.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de noviembre de 1996.
Dr. VICTOR M. LEMME
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
Diputado Provincial
Vice-Presidente 1º
a/c. de Presidencia
Legislatura de Jujuy
Sancionada 21/11/1996
Publicado en BO Nº 8A de fecha 20/01/1997