LEY N° 4956

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4956

 

“DE ADHESION AL CAPITULO I DE LA LEY NACIONAL N° 24.467”

ARTICULO 1.- Adhiérese la Provincia de Jujuy al Capítulo I de la Ley Nacional N° 24.467 – Estatuto de la Pequeña y Mediana Empresa.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de noviembre de 1996.

 

Dr. VICTOR M. LEMME

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

Diputado Provincial

Vice-Presidente 1º

a/c. de Presidencia

Legislatura de Jujuy

Sancionada 21/11/1996

Publicado en BO Nº 8A de fecha 20/01/1997