LEY N° 4951
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 4951
“ELIMINACION DE INCREMENTOS EN LAS TARIFAS DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE”
ARTICULO 1°.- Déjase sin efecto el incremento de tarifas autorizado por la Resolución N° 0018 -EPRAPS- dictada por el Ente Provincial Regulador de Agua Potable y Saneamiento y posteriormente ratificada por el Decreto N° 1195-OP- de fecha 26 de Agosto de 1996 emitido por el Poder Ejecutivo Provincial, con retroactividad a la fecha de aplicación del aumento precitado.
ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo provincial, al EPRAPS y a la empresa Agua de los Andes S.A. – en formación y al Tribunal de Cuentas de la Provincia.
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de noviembre de 1996.
Dr. VICTOR M. LEMME
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
Diputado Provincial
Vice-Presidente 1º
a/c. de Presidencia
Legislatura de Jujuy
Sancionada 21/11/1996
Publicado en BO Nº 8A de fecha 20/01/1997