LEY N° 4951

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4951

 

“ELIMINACION DE INCREMENTOS EN LAS TARIFAS DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE”

 

ARTICULO 1°.- Déjase sin efecto el incremento de tarifas autorizado por la Resolución N° 0018 -EPRAPS- dictada por el Ente Provincial Regulador de Agua Potable y Saneamiento y posteriormente ratificada por el Decreto N° 1195-OP- de fecha 26 de Agosto de 1996 emitido por el Poder Ejecutivo Provincial, con retroactividad a la fecha de aplicación del aumento precitado.

ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo provincial, al EPRAPS y a la empresa Agua de los Andes S.A. – en formación y al Tribunal de Cuentas de la Provincia.

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de noviembre de 1996.

 

Dr. VICTOR M. LEMME

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

Diputado Provincial

Vice-Presidente 1º

a/c. de Presidencia

Legislatura de Jujuy

Sancionada 21/11/1996

Publicado en BO Nº 8A de fecha 20/01/1997