LEY Nº 5300

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE   LEY Nº 5300   DE INEMBARGABILIDAD Y PRESUPUESTO PARA EL PAGO DE SENTENCIAS JUDICIALES   ARTICULO 1.- Declárese inembargables los fondos de las cuentas en las que se depositen los recursos destinados al pago de los haberes de los empleados de la Administración Pública Provincial, Organismos Descentralizados. Autárquicos, incluido Banco de Acción Social, Sociedades del Estado […]

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LEY Nº 5299

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE   LEY Nº 5299   ARTICULO 1.- TOPES SALARIALES. Fíjase la remuneración neta mensual que por todo concepto percibirán los Diputados Provinciales y Funcionarios, en las sumas que a continuación se indican: Presidente: $2.880.-(Pesos Dos Mil Ochocientos Ochenta) Diputados Provinciales $2.850.- (Pesos Dos Mil Ochocientos Cincuenta). Secretario Parlamentario y Administrativo $2.750.- (Pesos Dos Mil Setecientos Cincuenta). Secretario […]

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LEY Nº 3803

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 de agosto de 1981   EXP. Nº 1605-C-1981.-   VISTO: Lo actuado en este expediente Nº 1605-C-81, caratulado: “CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA. E/PROYECTO DE LEY MODIFICATORIO DE PRESUPUESTO POR $ 113.000.000.000 EN CONCEPTO DE FO.NA.VI. Y $ 100.000.000.000 APORTE DEL TESORO NACIONAL”, y el Decreto Nacional 877/1980, en ejercicio de las facultades legislativas concedidas por la Junta Militar,   […]

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LEY Nº 3802

  SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 de agosto de 1981   EXP. Nº 3090-D-1981.-   VISTO: Lo actuado en este expediente Nº 3090-D-81, caratulado: “DIRECCIÓN GENERAL DE ENSEÑANZA MEDIA, ESPECIAL Y ARTÍSTICA.  S/INCREMENTO DE SETENTA Y SEIS (76) HORAS DE CÁTEDRA DE NIVEL TERCIARIO”, y el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas concedidas por la Junta Militar,   EL GOBERNADOR DE […]

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LEY Nº 3801

  SAN SALVADOR DE JUJUY, 5 de agosto de 1981   EXP. Nº 8464-D-1978.-   VISTO: Lo actuado en los expedientes Nº 8464-D-1978, Nº 8566-D-78, Nº 514-S-1980 y Nº 14093-D-1981, y el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas concedidas por la Junta Militar,   EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE   LEY Nº 3801   ARTÍCULO […]

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LEY Nº 3800

  SAN SALVADOR DE JUJUY, 5 de agosto de 1981   EXP. Nº 4370-D-1980 Y Agreg. 1092-M-1981.-   VISTO: Lo actuado en los Exptes acumulados Nos. 4370-D-80 y 1092-M-81, caratulados respectivamente: “DIRECCIÓN DE DEFENSA CIVIL DE LA PROVINCIA DE SALTA. E/MODELO DE CONVENIO DE AYUDA MUTUA INTERPROVINCIAL PARA IMPLANTAR ENTRE LAS PROVINCIAS DE SALTA Y JUJUY” y MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y EDUCACIÓN DE LA […]

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LEY Nº 3799

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de julio de 1981   EXP. Nº 641-I-1979.-   VISTO: Lo actuado en este Expediente Nº 641-I-1979, caratulado: Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, S/Aprobación de Plano de Mensura, Unificación y Loteo en el Dpto. La Capital, Ubicado en Villa Alberdi – Jujuy, y el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta […]

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LEY Nº 4999

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE   LEY Nº 4999 ARTICULO 1º.- Dispóngase el pago de los salarios caídos, incluyendo adicionales y premios, motivados por inasistencias u otros incumplimientos laborales del personal de la Administración Pública Provincial, Centralizada, Descentralizada y Organismos Autárquicos, dependientes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, cuando los mismos se hubieren originado por huelgas o conflictos colectivos que comprendan […]

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LEY Nº 4998

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 4998 ARTICULO 1º.- Apruébase el CONVENIO Y ANEXO suscripto el 14 de octubre de 1996, entre el Gobernador de la Provincia de Jujuy, el Consejo Federal de inversiones y las Entidades Empresarias, representadas por el Gobernador de la Provincia de Jujuy, Lic. Carlos Alfonso Ferraro, el Secretario General del C.F.I., Ing. Juan José Ciacera, el […]

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LEY Nº 3798

  SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de julio de 1981   VISTO: Lo actuado en los Expedientes Nº 482-S-1981 y Nº 1211-M-1981 del Registro de la Administración Central, y el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas concedidas por la Junta Militar,   EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE   LEY Nº 3798   ARTÍCULO 1º.- Apruébanse […]

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