LEY Nº 3842

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de diciembre de 1981

 

EXP. Nº 7431-D-1981.-

 

VISTO:

Lo actuado en el expediente Nº 7431-D-1981, caratulado: “DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA. E/ PLANO DE MENSURA DE FRACCIÓN DE TERRENO UBICADO EN DISTRITO CORAYA – DPTO HUMAHUACA. P/ EXPROPIACIÓN”, su agregado Nº 7202-D-1981, y el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas concedidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 3842

 

ARTÍCULO 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación con destino a la construcción y funcionamiento de un local escolar y sus obras complementarias, el inmueble individualizado como Lote 265 B, Padrón J-4323, ubicado en el lugar denominado Toyonso, Finca Ovara, distrito Coraya, departamento de Humahuaca, el cual encierra una superficie de 1.683,14 m2, según plano de mensura de fracción de expropiación aprobado por Resolución Nº 162/81 de la Dirección General de Inmuebles, de propiedad de JUAN SALAS o de quien o quienes resultaren ser sus legítimos dueños.

 

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a la partida “Bienes Preexistentes” del Plan de Obras Públicas con Rentas Generales.

 

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese -en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen conocimiento Tribunal de Cuentas, Contaduría General, Dirección General de Inmuebles y pase a Fiscalía de Estado a sus efectos.

 

AGUSTÍN EDUARDO LABARTA

MINISTRO DE ECONOMIA

 

Dr. RAFAEL ZENON JAUREGUI

GOBERNADOR

 

EDUARDO SLEIBE RAHE

MINISTRO DE GOBIERNO

 

EFRÉN CARRIZO

MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL

 

 

 

 

Sancionada 16/12/1981

Publicado en BO Nº 29 de fecha 10/03/1982