SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de diciembre de 1981 VISTO: Lo actuado en Expediente Nº 3165/1973 del Registro de la Administración Central, y el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas concedidas por la Junta Militar, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY Nº 3849 ARTÍCULO 1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo para concertar la […]