LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON LA FUERZA DE: LEY Nº 1030 ARTICULO 1º.- Autorizase al Poder Ejecutivo para invertir hasta la suma de Doce mil Pesos m/n ($12.000 m/n) en las siguientes obras publicas para el departamento de Rinconada, de acuerdo con el presupuesto que oportunamente proyectará la oficina de Obras publicas de las provincias: a) Arreglo del camino de Rinconada a […]