LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE: LEY N° 138 ARTICULO 1.- Autorizase al Poder Ejecutivo para proceder a la venta, previa tasación de los lotes en que se dividen las manzanas que forman el Pueblo de “La Quiaca”, no pudiendo, en ningún caso, el valor total de la estimación que se haga, exceder del importe de la expropiación. ARTICULO 2.- Los […]