LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 3033 ARTICULO 1º.- Sustitúyese el último párrafo del Art. 3º de la Ley Nº 1.814 por el siguiente: “Quedarán asimismo sometidas desde ese momento a la inspección, vigilancia y control del órgano de aplicación a que se refiere el artículo siguiente, ante el cual deberán presentar los informes y realizarse […]







