LEY Nº 297

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 297 ARTICULO 1º.- Abrese un crédito suplementario al inciso 1º, Item Unico del presupuesto de 1915 por la suma de UN MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS PESOS SESENTA Y CINCO CENTAVOS MONEDA NACIONAL para el pago de las siguientes cuentas de la H. Legislatura: A Juan Gross $ 1.205 A Insausti y Mújica $ 197,65 […]

Read More

LEY Nº 296

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA LA SIGUIENTE LEY Nº 296 ARTICULO 1º.- Autorízase al P. Ejecutivo á devolver á D. Horacio C. Pémberton, la suma de un mil cuatro pesos cincuenta y dos centavos moneda nacional percibidos por impuestos al consumo en 1913, sobre mercaderías reexpedidas fuera de la Provincia. ARTICULO 2º.- El gasto se hará de rentas generales con imputación a la […]

Read More

LEY Nº 295

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 295 ARTICULO 1º.- Modificase el inciso 1º del Art. 15º de la Ley de Registro de Escrituras, así como la reforma introducida al mismo por la Ley Nº 194, en la forma siguiente: ARTICULO 2º.- En las trasmisiones de la propiedad inmueble a titulo de venta, permuta, adjudicación, en pago, etc. así como […]

Read More

LEY Nº 294

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 294 ARTICULO 1º.- Abrese un crédito suplementario á la partida Deuda Atrasada del presupuesto de 1915, por la suma de diez y seis mil trescientos veinte pesos con cincuenta y cinco centavos m/n, para cubrir gastos correspondientes al ejercicio de 1914, excedidos sobre el cálculo de presupuesto de dicho año. ARTICULO 2º.- Impútese […]

Read More

LEY Nº 293

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA LA SIGUIENTE LEY Nº 293 ARTICULO 1º.- Acuérdase licencia al Exmo. Señor Gobernador de la Provincia, Teniente Coronel Pedro J. Pérez, para ausentarse del departamento de la Capital durante treinta días. ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.- SALA DE SESIONES, JUJUY, Enero 20 de 1916.- GUILLERMO ZALAZAR ALTAMIRA ANGEL E PUCH SECRETARIO PRESIDENTE

Read More

LEY Nº 292

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA LA SIGUIENTE LEY Nº 292 ARTICULO 1º.- Créase un premio anual de pesos 500 moneda nacional destinado al bodeguero que elabore el mejor tipo de vino genuino. ARTICULO 2º.- Para optar al premio establecido por el artículo anterior, deberá presentar el interesado al Ministerio de Hacienda el certificado de análisis químico que obtenga por intermedio de la oficina […]

Read More

LEY Nº 291

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA LA SIGUIENTE: LEY Nº 291 ARTICULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para abonar de Rentas Generales y con imputación a la presente, la suma de UN MIL OCHOCIENTOS Pesos moneda nacional, al Doctor VICTOR M. GAMEZ, como honorarios por la redacción de un Proyecto de CODIGO RURAL. ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.- SALA DE SESIONES, JUJUY, Enero […]

Read More

LEY Nº 290

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 290 ARTICULO 1º.- Refuerzase en SIETE MIL PESOS más el Inciso II Item VI, Partida I (Eventuales) del Presupuesto de 1.915, con destino al pago de varios gastos de la Administración. ARTICULO 2º.- Este gasto se hará de Rentas Generales, con imputación a la presente Ley. ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.- SALA […]

Read More

LEY Nº 289

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 289 TITULO I Jueces del Distrito ARTICULO 1.- Los jueces de Distrito cobraran los siguientes derechos: 1. En los juicios de su competencia seguidos en todos sus tramites, inclusive citaciones y sus incidentes: De $ 10 a $ 20 ……. $ 2,00 “ “ 21 “ “ 30 ……. “ 3,00 “ “ […]

Read More

LEY Nº 288

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 288 ARTICULO 1º.- Todos los tabacos elaborados, cigarrillos y cigarros que se consuman en el territorio de la provincia pagarán un impuesto fiscal en estampillas que se adherirán a los envases o unidades. a) El impuesto de cigarrillos se cobrará de acuerdo con la siguiente escala. (Precio de venta según Ley nacional de […]

Read More