LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, SANCIONA LA SIGUIENTE: LEY Nº 354 ARTICULO 1.- Acuérdese a Don Emilio Zenarruza una pensión graciable de cuarenta pesos m/n, mensuales, a contar desde el primero de septiembre próximo. ARTICULO 2.- Este gasto haráse de rentas generales, e imputárase a la presente ley hasta tanto se incluya en la de Presupuesto. ARTICULO 3.- Derogase […]