LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 1224 ARTICULO 1º – Sustitúyase el art. 167º de la ley 1.209 por el siguiente: la presente Ley empezará a regir a contar desde el día 1º de Mayo próximo, debiendo el Poder Ejecutivo proceder a reglamentar antes de esa fecha proponer las ternas para designación del tribunal de Cuentas y arbitrar las […]







