LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 1267 ARTICULO 1º – Autorizase al Poder Ejecutivo o a la Municipalidad de la Capital si a ella correspondiere a ceder gratuitamente a la Diócesis de Jujuy, hasta seis mil metros cuadrados en la manzana que hoy ocupa la Sociedad Rural, comprendidas entre las calles Salta (promulgación) Avenida José Maria Fascio y General […]







