LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY N° 4140 CONTROL DE ENTIDADES FINANCIERAS ARTICULO 1º.- A partir de la vigencia de la presente Ley los Bancos y otras instituciones de crédito y ahorro que deseen instalarse en la Provincia de Jujuy, solicitarán autorización para su establecimiento al Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Economía, con excepción de lo previsto […]