LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1435 ARTICULO 1.- Amplíase con dos mil quinientos pesos moneda nacional ($2.500 m/n.) las partidas que fijan las leyes números 1378 y 1385 en la siguiente forma: a) Para habilitar como Sala de Primeros Auxilios y Comisarías de Policía, el edificio de la Hilandería de Abra Pampa (Ley N° 1378…………………………………………$ 2.000.- b) Para […]