LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1488 ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de CIEN MIL PESOS MONEDA NACIONAL ($100.000.- m/n.), en la adquisición de muebles, artefactos eléctricos y demás accesorios, con destino a la Hostería en las Termas de Reyes. ARTICULO 2.- La adquisición autorizada por el artículo anterior, podrá efectuarse mediante licitación […]







