LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1828 ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para aumentar la distribución que fije la Ley de Presupuesto entre las Municipalidades y Comisiones Municipales, proveniente de la participación de la Provincia en los Impuestos a los réditos, beneficios extraordinarios y ganancias eventuales, a fin de que dicha participación sea por lo menos del diez […]