LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1876 ARTICULO 1.- Amplíase el rubro Partida 1 del Crédito del Cálculo de Recursos extraordinarios y especiales de la Ley Nº 1800 en la suma de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS MONEDA NACIONAL ($–4.500.000.- m/n.) ARTICULO 2.- Amplíase el Presupuesto de Gastos de la Ley Nº 1800, en la siguiente forma: ANEXO C […]







