LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 4581 ARTICULO 1º.- Modifícase el Artículo 2º de la Ley Nº 4552 por el que continuación se indica: “Artículo 2º.- Para la concreción de lo dispuesto en el Artículo de la Ley Nº 4552 el Poder Ejecutivo podrá afectar los fondos provenientes de la COPARTICIPACION FEDERAL DE IMPUESTOS, LEY Nº 23548 O LAS QUE […]







