LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY N° 5121 COMPLEMENTARIA DE LA LEY N° 4997 ARTICULO 1.- Derógase el artículo 1° del Decreto-Acuerdo N° 2043-BS de fecha 27 de diciembre de 1996. ARTICULO 2.- Facúltase al Ministerio de Bienestar Social de la Provincia a celebrar con personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, los contratos y actos que fueren necesarios para lograr […]







