LEGISLATURA DE JUJUY LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY N° 6176 ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el Artículo 4 de la Ley Nº 5276 que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 4º.- Quedan Exceptuados del presente régimen los beneficiarios de pensiones otorgadas por fallecimiento de cónyuge, pensión de guerra para excombatientes de Malvinas y las designaciones efectuadas por el Poder Ejecutivo Provincial debidamente […]







