LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA LA SIGUIENTE LEY Nº 231 ARTICULO 1º.- El impuesto sobre consumo en la Provincia, de vino, cervezas, licores y naipes, queda fijado en la siguiente forma: a. Por los vinos naturales o artificiales, contenidos en cascos o dalezas, por litro $ 0,40 b. Por los vinos embotellados, llamados de Mesa, como el Trapiche, Bourdens, Borgoña, Rioja, etc., cuyo […]







