LEY N° 2164

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: L E Y N° 2164 / 1951 ARTICULO 1°.- Apruébase la modificación de los Estatutos de la “PRIMERA HILANDERIA Y TEJEDURIA JUJEÑA SOCIEDAD MIXTA” redactada con motivo de la incorporación a la misma de la Caja Provincial de Jubilaciones y Pensiones autorizada por Ley Nº 210-1951 y suscrita por el señor Ministro de Hacienda, Economía, […]

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LEY N° 2163

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: L E Y N° 2163 / 1951 ARTICULO 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a ampliar el Cálculo de Recursos del Presupuesto en vigencia, (rubro “Credito”) en la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS MONEDA NACIONAL, ($10.000.000.- m/n.) ARTICULO 2°.- Amplíase las siguientes partidas del Presupuesto en vigencia: ANEXO C. INCISO XXXX: Item 9, Partida 5 […]

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LEY N° 2162

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: L E Y N° 2162 / 1951 ARTICULO 1°.- Transfiérase la cantidad de DIEZ Y OCHO MIL PESOS MONEDA NACIONAL ($18.000.- m/n.), del Inciso I, Item 1, Partida Unica del Anexo A del Presupuesto en vigencia, (Ley Nº 2109-1950 (174), a la Partida 3, Item 1, Inciso II del mismo Anexo. ARTICULO 2°.- Comuníquese al […]

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LEY N° 2161

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: L E Y N° 2161 / 1951 ARTICULO 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo para adjudicar más de un lote, a una misma persona, en los terrenos expropiados en los Pueblos de Libertador General San Martín y Caimancito en los casos de que, se trate de instalar nuevas industrias o industrias que representen un beneficio para […]

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LEY N° 2160

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: L E Y N° 2160 / 1951 ARTICULO 1°.- Constituyen el cuerpo electoral de la Provincia, sin distinción de sexos: 1. Los argentinos nativos y por opción, mayores de 18 años; 2. Los argentinos naturalizados, mayores de 18 años, después de 5 años de adquirida la nacionalidad. El plazo de 5 años no se exigirá […]

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L E Y N° 2159

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: L E Y N° 2159 / 1951 ARTICULO 1°.- Agrégase a partir del 1º de agosto del corriente año a la Ley de Presupuesto Nº 174, en vigencia en su Anexo D, Inciso 12, Item 2, lo siguiente: Clase 11, Oficiales 9º, 4, Sueldo $ 800.- Total $ 16.000.- Anexo D, Inciso 13, Item 2. […]

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L E Y N° 2158

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: L E Y N° 2158 / 1951 ARTICULO 1°.- Modifícase el art. 2º de la Ley Nº 175/1950, en la siguiente forma: Libérase de todo impuesto, tasa o contribución en el orden provincial y Municipal, a los bienes de la Fundación “EVA PERON”, y a los actos que la misma realice en cumplimiento de sus […]

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LEY N° 2157

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: L E Y N° 2157 / 1951 ARTICULO 1°.- Suprímase el Inciso 9º del Artículo 42º de la Ley Orgánica del Poder Judicial Nº 2116-1950 (181). ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.- SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, julio 31 de 1951.- MARCOS R. PAZ Secretario FRANCISCO GIMENEZ Vicepresidente 1º Modificatoria Ley Organica […]

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LEY N° 2156

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: L E Y N° 2156 / 1951 ARTICULO 1°.- Déjase establecido que la declaración contenida en el Artículo 1º de la Ley Nº 2027 año 1949 (92), involucra la declaración de utilidad pública y la autorización al Poder Ejecutivo para expropiar los terrenos y edificios utilizados por la Compañía Eléctrica de San Pedro de Jujuy […]

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LEY N° 2155

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: L E Y N° 2155 / 1951 ARTICULO 1°.- Modifícase la Ley de Nº 2109-1950 (174) en la siguiente forma: Artículo 16.- Los viáticos a regir en la Administración Provincial y Reparticiones Autárquicas, se liquidarán de conformidad a la reglamentación vigente y de acuerdo a la siguiente escala: Sueldos hasta $ 500.- m/n. $ 24.- […]

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