LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 2263 ARTICULO 1.- Modifícase el artículo 13º, inciso e) de la Ley Nº 1732 Carta Orgánica del Banco de la Provincia de Jujuy, en la siguiente forma: “Acordar créditos que excedan del quince por ciento (15%) del capital realizado de la sección bancaria y de las reservas de la misma sección no afectadas […]