LEY Nº 2276
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 2276
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a ceder, a título gratuito,
al Superior Gobierno de la Nación –Ministerio de Industria y Comercio-
Dirección Nacional de Minería, la manzana 3 del lote 178 rural de
Villa Gorriti, con destino a la construcción de edificios para
talleres, depósitos, etc., del Distrito Minero de la Delegación
Noroeste de Minería.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, San Salvador de Jujuy, 8 de junio de 1954.-
MARCOS R. PAZ
Secretario
EMILIO A. NAVEA
Presidente