LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 3152 ARTICULO 1º.- Agrégase como inciso h) del artículo 11 de la Ley Provincial Nº 1.864, denominada de Obras Públicas, la siguiente disposición: “Cuando la obra tenga como destinatario un sector determinado de la población que para su construcción se constituya en sociedad accidental o en participación, la cual construirá y […]