LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, SANCIONA LA SIGUIENTE LEY Nº 501 ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia para entregar al Consejo General de Educación la suma de dos mil pesos m./n. ($2.000) destinados a distribuir ropa y calzado a los niños pobres de las escuelas que hayan de concurrir a la procesión cívica a realizarse el […]