LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 2481 ARTICULO 1.- Declárase comprendidos en los alcances de la Ley Nº 2.401, los trabajos de pavimentación realizados en la ciudad Capital de la Provincia, San Pedro de Jujuy y Estación Perico, que hasta la fecha de promulgación de la presente no hubieran sido liquidados. ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc. SALA […]







