LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 4541 ARTICULO 1º.- Desaféctanse del Dominio Público del Estado Provincial, con el objeto de su reordenamiento urbanístico a incorporar a planes oficiales de viviendas, las superficies de terreno que corresponden a calles, avenidas, espacios verdes, plazas, ochavas, etc., ubicados en San Pedrito, Dpto. Dr. Manuel Belgrano de esta Provincia; que surgen del Plano de […]