LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 398 ARTICULO 1º.- Aumentase a CIENTO OCHO PESOS m/n, mensuales la jubilación que actualmente percibe la sta. Clara Ortiz. ARTICULO 2º.- El gasto que este aumento importe se hará de Rentas Generales, con imputación a la presente, hasta tanto sea incluido en la Ley General de presupuesto. ARTICULO 3º.- Comuníquese, etc. SALA DE […]







