LEGISLATURA DE JUJUY LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 5856 ARTICULO 1º.–Prohíbese el uso y manipulación de la Purpirina de origen industrial en las Instituciones Educativas de los diferentes Niveles, Ciclos y Modalidades del Sistema Educativo de la Provincia de Jujuy. ARTICULO 2º.–Dispónese la obligatoriedad de la inscripción “Tóxico” en la etiqueta de los envases en los que se comercializa el […]