LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 424 ARTICULO 1º.- Acuérdase a la Sra. Aurora B. de Gabaldam una pensión graciable de sesenta pesos m/n, por los servicios prestados á la provincia, por su esposo don Rafael Gabaldon. ARTICULO 2º.- El gasto que demande esta Ley se imputará á la misma, hasta se incluya en el presupuesto. ARTICULO 3º.- Comuníquese, […]