BOLETÍN OFICIAL Nº 3 – 09/01/15

LEGISLATURA DE JUJUY LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 5855 ARTICULO 1º.–Adhiérese la Provincia a la Ley Nacional Nº 25.431 “Día de la Mujer Rural”. ARTICULO 2º.-Invítase a los Municipios y Comisiones Municipales a adherir a la presente. ARTICULO 3.–Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.- SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 de Noviembre de 2014.- Dr. Jorge Oscar Rodríguez Secretario […]

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BOLETÍN OFICIAL Nº 3 – 09/01/15

LEGISLATURA DE JUJUY LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA LA SIGUIENTE LEY Nº 5854 “De Creación del Sistema Electrónico del Boleto en el Servicio de Transporte Público de Pasajeros de Colectivos que realizan Viajes Urbanos e Interurbanos” ARTICULO 1º.-La percepción de la tarifa para el acceso al servicio público de transporte de pasajeros de colectivos urbanos e Interurbanos en todo el territorio de la provincia se […]

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BOLETÍN OFICIAL Nº 3 – 09/01/15

LEGISLATURA DE JUJUY LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 5853 CREACION DEL PROGRAMA “TOMEMO AGUA” ARTICULO 1º.-Créase el Programa Provincial “TOMEMOS AGUA” destinado a promover la cultura del consumo de agua potable. ARTICULO 2º.-En el marco del Programa que se crea por la presente ley, todos los establecimientos que desarrollen actividades de expendio de alimentos al público, tales como restaurantes, confiterías, […]

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BOLETÍN OFICIAL Nº 3 – 09/01/15

LEGISLATURA DE JUJUY LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 5852 DE PROHIBICION DE COLOCACIÓN DE CARTELES QUE EXIMEN DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS PRODUCIDOS EN PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO ARTICULO 1º.– Los propietarios, responsable o explotadores comerciales de playas o establecimientos que presten servicios de estacionamiento de vehículos automotores, sea como negocio autónomo o como accesorio a otro establecimiento principal, tienen expresamente prohibido […]

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LEY Nº 478

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 478 ARTICULO 1º.- Abrése un crédito suplementario de DIEZ MIL PESOS MONEDA NACIONAL, a la partida 8, Item I, Inciso III, del Anexo B del Presupuesto en vigencia, destinado a la adquisición de Desinfectantes, Medicamentos, etc. para la atención de enfermos, en aquellos Departamentos donde fuesen necesario el Auxilio de los Poderes públicos. […]

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LEY Nº 475

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 475 ARTICULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para ceder al Gobierno de la Nación a título precario el terreno situado en la Tablada, que actualmente ocupan la exposición, feria y corrales de la misma el que abarca además una parte de la de Norte del Parque San Martín, cuya extensión es de 417 […]

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LEY Nº 474

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 474 ARTICULO 1.- Desde la promulgación de la presente Ley la explotación y transferencia de maderas se grava con un impuesto que se pagará en la forma y proporción siguiente: 1. Por cada poste, estacón o medio poste de quebracho colorado o guayacán para cerco o emparrado, labrado o rollizo…………………….$ 0,10. 2. Por […]

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LEY Nº 472

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 472 ARTICULO 1.- Acuérdese a la señora Ana Condal de Farga, madre del ex Diputado señor José Farga Candal, una pensión vitalicia de CIENTO CINCUENTA PESOS MONEDA NACIONAL, mensuales con anterioridad al primero del corriente. ARTICULO 2.- Los gastos que demande la presente ley se cubrirán de rentas generales hasta tanto sea incluido […]

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LEY Nº 471

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 471 ARTICULO 1.- Abrirán un crédito suplementario de NOVECIENTOS PESOS MONEDA NACIONAL ($900.000 m/n), destinado a cubrir la partida del ítem único, Inciso I del anexo A, de la ley de Presupuesto Nº 456, gravada con los sueldos del Prosecretario Interino de Jorge Villafañe. ARTICULO 2.- Abrese un crédito extraordinario de DOS MIL […]

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LEY Nº 2273

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 2273 ARTICULO 1.- Con destino a la ampliación del radio urbano del Pueblo Libertador General San Martín, Capital del Departamento de Ledesma, declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de diez hectáreas siete mil quinientos sesenta y nueve metros cuadrados cuatro mil trescientos noventa y seis centímetros cuadrados (10 Ha. […]

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