LEGISLATURA DE JUJUY LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY N° 6187 REGULACION DE COMPRA Y VENTA, TENENCIA Y USO DE PIROTECNIA ARTICULO 1°.- Prohíbase en todo el ámbito territorial de la Provincia de Jujuy, la fabricación, comercialización y/o venta al público- mayorista y minorista-, exhibición, deposito, circulación y transporte, tenencia, uso, manipulación de todo elemento de pirotecnia sonoro, se éste de venta […]