“San Pedro de Jujuy, 02 de diciembre de 2005. I.- Proveyendo lo solicitado por el señor Defensor de Menores y constancias de autos, hágase lugar a los peticionado, en consecuencia publíquese la sentencia dictada en autos por edictos a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy, por tres veces en cinco días, SIN COSTOS, cuya parte resolutiva a continuación se transcribe. II.- […]







