BOLETÍN OFICIAL Nº 123 – 07/12/2005
DRA. BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 – Secretaría Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-106162/03, caratulado: PREPARA VIA EJECUTIVA: PROVENCRED II SUC. ARG. C/ GALLARDO, BERNARDO ROMAN”, se le hace saber al SR. GALLARDO BERNARDO ROMAN que se ha dictado el siguiente decreto que a continuación se transcribe en todas sus partes: SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 de AGOSTO del 2004, Proveyendo el escrito de fs. 36, atento al estado de la causa y constancias de autos, téngase por expedita la vía ejecutiva. Asimismo, atento lo solicitado y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., requiérase de PAGO, EJECUCION Y EMBARGO al demandado SR. BERNARDO RAMON GALLARDO, sito en calle VILTIPICO Nº 35 Bº SAN PEDRITO – CIUDAD – y con las formalidades de ley procede a requerirle el pago de la suma de PESOS: ($1.740.56), que se reclama en concepto de capital, con más la suma de PESOS ($870), presupuestada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. En el mismo acto, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio de o los acreedores prendarios o Juez embargante. En el mismo acto, cítese de REMATE a la parte demanda para que oponga excepciones legitimas, dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrase TRASLADO a la parte demandada del pedido de intereses, con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo y también por el mismo plazo señalado, se intimara para que se constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KMS del asiento de este Juzgado bajo apercibimiento de seguirse el juicio en rebeldía y notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de ley (art. 52 del C.P.C.) Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.
Notifíquese art. 154 del C.P.C. Fdo. DRA. BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ. JUEZ ANTE MI MARTA JOSEFINA BERRAZ DE OSUNA – PROSECRETARIA.-
Se deja constancia que las copias para TRASLADO de la demanda, se encuentran en Secretaría a su disposición.-
Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DIAS.-
Prosecretaria: MARTA JOSEFINA BERRAZ DE OSUNA.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de Septiembre de 2004.-
30 NOV. 05/07 DIC. LIQ. Nº 49815 $ 17.70








