LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 3005 ARTICULO 1º.- Declárase de interés público la producción de tabacos claros en el territorio de la Provincia, para el cumplimiento de los siguientes objetivos: a) La permanencia y continuidad del Fondo Especial del Tabaco; b) El pago de una justa compensación al agricultor por su producto; c) El mejoramiento tecnológico […]