LEGISLATURA DE JUJUY LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 6421 MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 49 Y 50 DE LA LEY N° 4282 “ORGÁNICA DEL INSTITUTO DE SEGUROS DE JUJUY” ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el Artículo 49 de la Ley N° 4282 “DEL INSTITUTO DE SEGUROS DE JUJUY”, por el siguiente: “ARTÍCULO 49º.- DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS: podrán ser prestadores […]