LEGISLATURA DE JUJUY LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 5403 ARTICULO 1.- Dispónese exclusivamente para el personal del área de salud, dependiente del Ministerio de Bienestar Social la incorporación a planta permanente, como personal titular del cargo que ocupa, de todos los profesionales comprendidos en las Leyes Nros. 4135, 4413 y 4418 cuyo Decreto de designación interina se hubiere dictado hasta […]







