BOLETÍN OFICIAL Nº 145 ANEXO – 26/12/16

MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN

RESOLUCIÓN MPA N° 363 /2.016.-

Expte. N° MPA 244/2.016 “Vehículos secuestrados con autorización de uso”.–

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 NOV. 2.016.-

EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION

RESUELVE:

1.-Otórgase autorización para entregar a Analía Verónica Ruiz en su carácter de Directora de Gestión de la Gobernación de la Provincia de Jujuy para su uso con obligación de conservación y custodia, el vehículo identificado como Marca Ford, Modelo Ranger, de color verde, Dominio colocado AUC-756, Motor Nº 5a37460, Chasis Nº 1FTCR14X6SRA37460 secuestrado en el marco del Expte. N° P-124.268/15 Caratulado “ACTUACIONES INFORMATIVAS INICIADAS DE PREVENCION – PROTAGONISTA  EMILIO GUERRERO RODRIGUEZ- CIUDAD”

2.-Otórgase autorización para entregar a Analía Verónica Ruiz en su carácter de Directora de Gestión de la Gobernación de la Provincia de Jujuy para su uso con obligación de conservación y custodia, el vehículo identificado como Marca Jeep, Modelo Grand Cherokee, Dominio colocado LRD-097, Motor Nº CC227147, Chasis Nº 1C4RJFCG8CC227147 secuestrado en el marco del Expte. N° P-128.428/15 Caratulado “RIOS, FERNANDO MAXIMILIANO P.S.A. DE ENCUBRIMIENTO Y GONZALEZ MARIANO MIGUEL P.S.A. DE ENCUBRIMIENTO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD EN CONCURSO REAL- TRES CRUCES”.

3.-Por Secretaría de la Fiscalía peticionante se procederá a asentar las entregas en el Registro Especial que establece el artículo 1° de la Instrucción General N° 003/2.016 haciendo constar los datos de identificación y el estado de los vehículos, maquinaria, e inventario de sus accesorios.

4.-Cumplido lo ordenado en el Punto precedente, el Fiscal otorgará la autorización de uso con obligación de conservación y custodia mediante ante Acta, y hará entrega de los vehículos previa acreditación por parte de la entidad que los recibe y a su cargo, de la contratación del Seguro Automotor Obligatorio exigido por el artículo 68 de la Ley Nacional 24.449.

5.-En el Acta se dejará constancia de la obligación de mantener en igual o mejor estado de uso y conservación que el registrado al momento de la entrega de los vehículos, bajo responsabilidad patrimonial personal del funcionario solicitante.

6.-El Fiscal peticionante deberá inspeccionar el estado de los vehículos entregados en forma bimestral, y en caso de constatarse un deterioro o mala conservación del mismo quedarán sin efecto las entregas con autorización de uso de los vehículos automotor.

7.-Protocolícese, notifíquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y archívese.

 

Dr. Sergio E. Lello Sánchez

FISCAL GENERAL

26 DIC. S/C.-