BOLETÍN OFICIAL Nº 28 ANEXO – 09/03/18

RESOLUCION MPA Nº 719/2.017.-

San Salvador de Jujuy, 05 de Octubre de 2.017.-

EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION

RESUELVE:

1.- Sustitúyase el artículo 16 del “Reglamento Interno de los Funcionarios y Empleados del Ministerio Público de la Acusación” aprobado por Resolución MPA N° 005/2.016 de fecha 19 de Enero de 2.016, el siguiente texto:

“d) Horario.

ARTÍCULO 16°: La jornada diaria de labor para los empleados será de seis (6) horas. Se extenderá, en principio, coincidentemente con el Poder Judicial de la Provincia, de 7:30 a 13 horas y de 15:30 a 21 horas.-

Para los funcionarios la jornada diaria será de ocho (8) horas, debiendo cumplir sus funciones de 8:00 a 13:00 horas y de 18:00 a 21:00 horas. En el caso de las Fiscalías que tuvieren dos Actuarios, éstos deberán cubrir el horario vespertino en forma completa, es decir que su horario deberá intercalarse entre el de las 15:00 a 18:00 horas y el de 18:00 a 21:00.-

Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos precedentes, el Fiscal General de la Acusación, los Fiscales o los Jefes de las oficinas o áreas que lo requieran, podrán disponer la prolongación o alteración de dichos horarios por razones de mejor servicio”.-

 

Dr. Sergio E. Lello Sánchez

Fiscal General

Ministerio Público de la Acusación