BOLETÍN OFICIAL Nº 28 ANEXO – 09/03/18
San Salvador de Jujuy, 03 de Octubre de 2.017.-
VISTO:
La solicitud del Dr. Sergio Marcelo Cuellar, Fiscal del Tribunal Criminal Nº 1 a fs. 85 y 86, por la que solicita el cambio del equipo de aire acondicionado de su despacho, y el pedido interno realizado por el Dr. Nicolás Camacho, Secretario Coordinador de Mesa de Registraciones y Estadística a fs. 87, que solicita un equipo de aire acondicionado Split frio/calor 6300/6500 WATS; y
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Fiscal del Tribunal Criminal Nº 1 expone en su solicitud que el equipo de aire acondicionado de su despacho fue revisado por el técnico designado por la administración, quién elevó un informe que consta a fs. 83 y 84, del cuál surge la conveniencia de ser reemplazado puesto que el arreglo del mismo resulta muy oneroso.-
Que el Dr. Camacho explica en su pedido que la oficina de la Mesa de Entrada (Me.R.E.) carece de ventilación natural.-
Que esta Fiscalía General concuerda con los argumentos expuestos por ambos funcionarios y considera pertinente proveer los equipos solicitados, para así, proporcionar un ambiente adecuado de trabajo al personal del Ministerio Público de la Acusación.-
Que a fs. 89, se informa sobre la existencia de crédito presupuestario en las Partidas Presupuestarias 7.1.1.0. Bienes de Capital, para hacer frente a la erogación que demanda la inversión.-
Que, se ha solicitado presupuesto a la empresa ACOSTA MUEBLES de Acosta Laguna José.-
Que la compra se encuentra dentro de los topes autorizados por Decreto Acuerdo N° 878-HF/2016, Art. 1 inc. d., conforme lo establecido en Decreto Ley N° 159-H/G-57, Capítulo VI, Artículo 54, inc. 3 ap. a).-
Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 2º y artículo 17 de la Ley Provincial Nº 5.895;
EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION
RESUELVE:
1º.-AUTORIZAR la Compra Directa de los Equipos de Aire Acondicionado solicitados a la firma ACOSTA MUEBLES de Acosta Laguna, José.-
2º.-AUTORIZAR el libramiento de Órdenes de Compra y luego de la entrega de los bienes, el libramiento de las Órdenes de Pago a favor de Acosta Laguna, José, propietario de la firma ACOSTA MUEBLES por la suma de Pesos Veinticuatro Mil Quinientos Cincuenta con 00/100 ($24.550.-).-
3º.-La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior será imputada a la Partida Presupuestaria 7.1.1.0 Bienes de Capital.-
4º.-Protocolícese, notifíquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y archívese.-
Dr. Sergio E. Lello Sánchez
Fiscal General
Ministerio Público de la Acusación