BOLETÍN OFICIAL Nº 147 ANEXO – 29/12/17

RESOLUCION Nº 241-SOTyV/2017.-

EXPTE Nº 0516-687/2008.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DIC. 2017.-

VISTO:

El presente expediente, mediante el cual se tramita el otorgamiento de la Carta de Pago por la cancelación del precio, de un terreno fiscal ubicado en el Barrio Santa Rita de la Localidad de Fraile Pintado, Departamento Ledesma, Provincia de Jujuy, y

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución N° 2500 de fecha 26 de Mayo de 2015 (fs.203/204), se adjudicó en venta a favor de la Sra. SEDAN SONIA SILVANA D.N.I. N° 25.078.887, el terreno fiscal individualizado como: Lote N° 09, Manzana N° 153, Padrón E-12.165, Matrícula E-8.043 ubicado en el Barrio Santa Rita de la Localidad de Fraile Pintado, Departamento Ledesma, Provincia de Jujuy;

Que, el lote fue transferido a la adjudicataria por Escritura Pública de Compraventa N° 70, de fecha 28/04/2016;

Que, el precio de venta fue fijado en la suma de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA ($ 3.330,00) pagaderos en DIEZ (10) cuotas mensuales y consecutivas;

Que, a fs. 200 obra Certificado de Libre Deuda N° 144/2016 emitido por la Dirección Provincial de Rentas, del cual surge que la adjudicataria ha cancelado el monto en su totalidad y no adeuda suma alguna en concepto de tierras fiscales;

Que, conforme Artículo 1017°, inciso “c” del Código Civil y Comercial de la Nación, debe cumplirse con la forma escrituraria para los actos accesorios que se refieran a contratos otorgados mediante escritura pública;

Que, por Decreto N° 4525-ISPTyV-2017 se faculto a la Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda a la emisión y suscripción de actos administrativos de Escritura de Carta de Pago, arbitrando los medios idóneos a tal fin;

Que, en el Convenio suscripto entre Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda y el Colegio de Escribanos de Jujuy, en fecha 25 de agosto de 2017, se acordó que dichas escrituras de Carta de Pago podrán ser otorgadas por el mencionando Colegio;

Que, teniendo en cuenta el dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Regularización Dominial (fs. 203/204), la debida intervención de Asesoría Legal de Fiscalía de Estado, compartida por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado;

Por ello,

EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorizase a Escribanía de Gobierno de la Provincia de Jujuy y/o Colegio de Escribanos de Jujuy a otorgar la Escritura de Carta de Pago a favor de la Sra. SEDAN SONIA SILVANA D.N.I. N° 25.078.887, del terreno fiscal individualizado como: Lote N° 09, Manzana N° 153, Padrón E-12.165, Matricula E-8.043, ubicado en el Barrio Santa Rita de la Localidad de Fraile Pintado, Departamento Ledesma, Provincia de Jujuy, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese -íntegramente- en el Boletín Oficial. Pase a la Dirección de Regularización Dominial, siga a Escribanía de Gobierno y/o Colegio de Escribanos de Jujuy a sus efectos. Remítase copia certificada a la Dirección Provincial de Inmuebles para su conocimiento. Cumplido, vuelva a la Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda a sus efectos.-

 

Ing. Carlos Humberto García

Secretaria de Ordenamiento Territorial

Y vivienda