BOLETÍN OFICIAL Nº 115 ANEXO – 06/10/17

RESOLUCIÓN N° 0338-DPGDFH/2017.-

EXPTE Nº 0700-0225/2015.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 SEP. 2017.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargo Categoría A-(j-1), Agrupamiento Profesional-Leyes N° 4135 y 4418/1988 para el HOSPITAL “DR. JORGE URO” de la Localidad de La Quiaca, mediante el llamado a Concurso Extraordinario de Antecedentes y Oposición; y

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 1 obra solicitud formal de las autoridades del nosocomio y visto bueno del Director Provincial de Hospitales;

Que, la Coordinación de Gestión del Factor Humano acredita la disponibilidad del cargo a cubrir;

Que, a los fines de la cobertura de los mencionados cargos, resulta procedente el llamado a concurso de Antecedentes y Oposición de conformidad a lo establecido por las Leyes N° 4135/1984, su modificatoria N° 4418/1988 y su Decreto Reglamentario N° 4918/1986;

Por ello;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.-CONVOCAR a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Ley N° 4135/84, modificada por la Ley N° 4418 y su decreto Reglamentario, para la cobertura del siguiente cargo: AREA PROGRAMATICA N° XXI HOSPITAL “DR. JORGE URO” DE LA QUIACA CANTIDAD DE CARGOS UNO (1) – MEDICO/A ESPECIALIDAD GENERALISTA CATEGORIA A-(j-1) AGRUPAMIENTO PROFESIONAL- LEYES 4135-4418.-

ARTÍCULO 2°.-El concurso que alude el artículo anterior, será de clase EXTRAORDINARIO – ABIERTO, y podrán participar en el mismo los postulantes que reúnan los siguientes requisitos:

  1. FOTOCOPIA CERTIFICADA POR ESCRIBANO PUBLICO DEL TÍTULO PROFESIONAL, habilitante expedido por Universidad Nacional, Provincial, Pública Privada debidamente reconocida o de Universidades Extranjeras revalidadas en conformidad a las disposiciones legales pertinentes.‑

2.-CONSTANCIA ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA DE MATRÍCULA HABILITANTE expedida por el Consejo Médico de la Provincia de Jujuy, con validez de seis (6) meses desde la fecha de emisión.-

3.- FOTOCOPIA DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (anverso y reverso).-

  1. 4. PLANILLA PRONTUARIAL- FOTOCOPIA, emitida por la Policía de la Provincia de Jujuy y con validez de SEIS (6) meses desde la fecha de emisión.-

5.- Constancia de C.U.I.L.

6.-Certificado de Residencia – original, emitido por la Policía de Jujuy y con validez de SEIS (6) meses desde la fecha de su emisión.-

7.-Constancia emitida por el Departamento de Sumarios y Dictámenes de la Dirección Provincial de Personal, original.-

8.-Cursos de capacitación.-

9.-ACREDITAR, en sus antecedentes uno de los siguientes requisitos:

  1. a) RESIDENCIA COMPLETA EN MEDICINA GENERAL o de FAMILIA completa y aprobada.-
  2. MEDICOS QUE ESTE CURSANDO EL ÚLTIMO AÑO DE LA RESIDENCIA DE MEDICINA GENERAL o FLIA.-
  3. MEDICO/A con ejercicio de la Medicina General en Hospitales Públicos.-

10.-Curriculum Vitae con la documentación personal y de capacitación acreditantes.-

Toda la documentación requerida deberá estar ordenada teniendo en cuenta la nómina de los requisitos que se detallan en la solicitud de inscripción. En caso de copias deberán estar certificadas por Escribano Público o por personal autorizado de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano. La certificación de cursos deberá contar con las firmas, sellos o auspicios correspondientes de Instituciones y Organismos oficiales o, en su caso, con la correspondiente personería jurídica de la Institución para ser consideradas al momento de otorgar el puntaje de las mismas. Solo se puntuarán las capacitaciones que sean pertinentes al cargo que se concursa.-

ARTÍCULO 3°.- No podrán participar del presente concurso:

1.-Los profesionales que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las -Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.-

2.-El que estuviere incurso en algunas de las disposiciones contenidas en el artículo 80 de la Ley N° 4135/84.-

ARTÍCULO .-Excepcionalmente el Examen Psicofísico se exigirá con posterioridad a los postulantes que resultaren primeros en el Orden de Mérito Definitivo, el que estará supeditado a la aprobación conforme su aptitud para el desempeño de la tareas inherentes a la función que desempeñara el/los agentes. El referido Examen deberá ser expedido y/o visado por el Centro Sanitario “Dr. Carlos Alvarado” del Ministerio de Salud de la Provincia. El formulario será entregado en la Área Concurso de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano y tendrá diez (10) días hábiles para presentarlo, cumplido este plazo, sin su presentación se dispondrá el ofrecimiento del cargo al postulante que siguiere en el orden de mérito.-

ARTÍCULO 5°.-La inscripción de los postulantes será personal o por tercero autorizado con poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán el carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-

ARTÍCULO 6°.-La inscripción en la presente convocatoria implica que el aspirante conoce y acepta las condiciones establecidas en la normativa vigente y en la presente Resolución.-

ARTÍCULO 7°.-Las instancias evaluativas del concurso serán de antecedentes y de oposición si se dan los supuestos que dispone las ley N° 4135/1984, su modificatoria N° 4418/1988 y su Decreto Reglamentario N° 4918/1986.-

ARTÍCULO 8°.-EL TRIBUNAL estará constituido por: 1.-EN REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD: TITULAR: DRA. RITA TOLAY SUPLENTE: DR. BERNABE MOLINA.- 2.-EN REPRESENTACION DEL HOSPITAL “DR. JORGE URO”: TITULAR: DRA. ROMINA FABIOLA FIGUEROA SUPLENTE: DR. CARLOS DANIEL GARZON.-3.-EN REPRESENTACION DEL CONSEJO DE MEDICOS DE LA PROVINCIA DE JUJUY: TITULAR: DRA. ANDREA VERONICA SERRA SUPLENTE: DRA. MARCELA BEATRIZ ALBORNOZ.- 4.-EN REPRESENTACION DEL COLEGIO DE MEDICO DE JUJUY: A CONFIRMAR.-

ARTÍCULO 9°.-La participación del veedor de APUAP se consignara a partir de la presentación de la nota emitida por la autoridad del Gremio que lo faculta a participar del mencionado concurso.-

ARTÍCULO 100.-Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma:

– APERTURA DE INSCRIPCION: 20 DE Setiembre de 2017.-

– CIERRE DE INSCRIPCION:        19 DE Octubre de 2017.-

-El 20 de Octubre de 2017: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos. Igual periodo para la impugnación de la nómina.-

A partir del 23 de Octubre de 2017: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos.-

ARTÍCULO 11°.- Inscripción, en las fechas establecidas precedentemente y en el horario de 8,30 a 13,00 horas en dependencias del Área de Secretaria de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano sito en Avenida Italia esquina Independencia de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, se recibirá la documentación presentada por los postulantes, de conformidad al siguiente procedimiento:

  1. Cada hoja será foliada y ensobrada para que posteriormente se proceda a cerrar el sobre, firmando ambos en la solapa del mismo (postulante y agente de oficina receptora).-
  2. Se deberá entregar al postulante una “constancia” que acredite la inscripción y el número de fojas correlativas presentadas.-
  3. El sobre cerrado será guardado en la Dirección hasta el momento de la apertura de los mismos por el jurado designado.-
  4. Al cierre de la inscripción, la Dirección labrará un acta dando cuanta de la nómina de postulantes inscriptos, la fecha y hora de recepción de la documentación, la cantidad de fojas que se adjuntan en cada carpeta, si existen reclamos o peticiones ingresadas con motivo del concurso.-
  5. También al cierre de la inscripción, la Dirección comenzará a exhibir la nómina de postulantes.-

ARTÍCULO 120.- El/la que sea declarado ganador/a deberá desempeñar sus funciones en:

  • En el AREA PROGRAMATICA N° XII- HOSPITAL “DR. JORGE URO” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.-
  • Inherentes a su capacitación profesional y al cargo que concurso.-
  • Asignadas por el Jefe Superior inmediato y en horarios reglamentarios que fueran necesarios para el mejor funcionamiento y necesidad del servicio.-
  • De docencia y de capacitación interna y externa necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.-

ARTÍCULO 13°.- Los postulantes se darán por notificados de todas las actuaciones del concurso con la sola publicación de las actas en la Dirección Provincial de Gestión y Factor Humano.-

ARTÍCULO 14°.-El profesional que resulte ganador deberá presentar en la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano la Constancia que acredite el bloqueo del título expedido por el Consejo de Medico de la Provincia de Jujuy como requisito para la posesión del cargo, a partir de la notificación de la Resolución Provisoria.-

ARTÍCULO 150.-Los postulantes que acrediten domicilio en el DEPARTAMENTO DE YAVI, se les duplicara el puntaje total de antecedentes, el que se corroborará con el D.N.I., planilla prontuarial y certificado de residencia.-

ARTICULO 16°.-Comuníquese, publíquese, regístrese en el libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación al BOLETIN OFICIAL, a la Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Soporte del Sistema de Salud, Dirección Provincial de Hospitales, Dirección Provincial de APS y Acción Comunitaria, al Hospital “Dr. Guillermo C. Paterson”, al Consejo de Médicos de la Provincia de Jujuy, Colegio de Medico de Jujuy, APUAP y Dr. Manuel Bernabé Molina de la Dirección Provincial de Hospitales. Cumplido, archívese.-

 

Dra. Elena Meyer

Directora Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano