BOLETÍN OFICIAL Nº 98 ANEXO – 02/09/16

RESOLUCION Nº 0165-DPGyDFH/16.          

EXPTE. Nº 780-160/2016

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 AGO. 2016.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de dos (2) cargos de Licenciada/o en Psicología del Nomenclador de la Ley Nº 4413 para la Casa Educativa Terapéutica de Alto Comedero de la Provincia de Jujuy, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN; y

CONSIDERANDO:                                 

Que, a fojas 1 consta solicitud formal  de la Directora Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano ante el Secretario de Soporte del Sistema de Salud y por su intermedio al Sr. Ministro, para que autorice la asignación de dos cargos categoría A-1 LEY 4413 Presupuesto 2016 para la Casa Educativa Terapéutica.

Que, a fs. obra visto bueno del Sr. Ministro.-

Que, a fs. 4 la Coordinación de Gestión del Factor Humano informa que se procedió a realizar la carga preventiva en el SIPRAP del llamado a concurso para cubrir dos  cargos categoría A-1 Agrupamiento Profesional Ley 4413.

Que, a los fines de la cobertura de cargos de la Ley Nº 4413 rigen las disposiciones aprobadas por  Resolución Nº 869-S-2016;

Por ello;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º-Convocar a CONCURSO DE ANTECEDENTES y OPOSICION –CLASE ABIERTO para cubrir dos (2) cargos de Licenciada/o en Psicología o psicólogos/as en la CASA EDUCATIVA TERAPEUTICA  de Alto Comedero de la localidad de San Salvador de Jujuy del Departamento “Dr. Manuel Belgrano”  de la Provincia de Jujuy, categoría (A-1)  del Nomenclador de la Ley Nº 4413  y de acuerdo a las disposiciones aprobadas mediante Resolución Nº 869-S-2016.-

ARTICULO 2º.-Los postulantes deberán reunir  los siguientes requisitos:

  1. Fotocopia certificada por Escribano Público del Título Habilitante expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora.
  2. Fotocopia certificada por Escribano Público del Certificado Analítico
  3. Fotocopia certificada de la Constancia de Matricula Actualizada emitida Colegio de Psicólogos de Jujuy.
  4. Fotocopia certificada del Documento Nacional de Identidad (Anverso y reverso)
  5. Planilla Prontuarial original o fotocopia certificada actualizada (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión)
  6. Certificado de Residencia expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión)
  7. Constancia de CUIL.
  8. Constancia de no poseer Sumario Administrativo expedida por la Dirección Provincial de Personal. (Validez hasta seis (6) meses desde la fecha de expedición).
  9. Constancia actualizada del Colegio de Psicólogos de no estar inhabilitado o no haber sido sancionado por el Tribunal de ética.

10.-Curriculum Vitae Nominal, firmado en todas sus fojas y actualizado, con los antecedentes laborales y de formación en fotocopias debidamente certificadas por autoridad competente.

11.-Acreditar Residencia en la Zona Sanitaria Centro ( Dpto. Dr. M. Belgrano y Palpalá) de la Provincia de Jujuy.

12.-Acreditar un (1) año o más en experiencia laboral en un Servicio de Rehabilitación en Adicciones.

ARTÍCULO 3º.-Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma:

-APERTURA DE INSCRIPCION: 24 de agosto de 2016-CIERRE DE INSCRIPCION:      07 de septiembre  de 2016

-08 al 09 de septiembre de 2016: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos.

-A partir del 15 de septiembre de 2016: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos.

16 de septiembre de 2016: Publicación del Acta con Orden de Mérito por Antecedentes. El Jurado Evaluador determinará el temario y la bibliografía a consultar, la que será informada a los interesados en el momento de la inscripción. Asimismo con posterioridad se dará a conocer la fecha de la Evaluación Técnica y la Entrevista Personal.

ARTÍCULO 4º.-Los antecedentes deberán ser presentados en la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano del Ministerio de Salud, sito en calle Independencia esq .Italia 1er piso  en el HORARIO DE 8.30 a 13.00 y en las fechas previstas.-

ARTICULO 5°.-Los inscriptos que acrediten residencia completa en el Sistema Provincial de Residencias de las Ciencias de la Salud se les adicionará el puntaje correspondiente al posgrado de maestría presencial (650 puntos).-

ARTICULO 6º.-La inscripción de los postulantes será de carácter personal  o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-

ARTICULO 7°.-Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetando el orden de los requisitos establecido en el artículo 5º del Anexo I de la Resolución Nº 869-S/16. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevarán a no considerar el antecedente declarado. Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.-

ARTICULO 8°.-El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos  para el puesto de trabajo o función para el que se postule.-

ARTICULO 9°.-La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.-

ARTICULO 10°.-La inscripción importa la  obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento. Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva.-

ARTÍCULO 11º.-Los inscriptos se darán por notificados de todo el procedimiento concursal con la sola publicación de las actas en dependencias de la Casa Terapéutica de Alto Comedero y en la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano”.-

ARTÍCULO 12º.- No podrán participar del presente  concurso: Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.-

ARTÍCULO 13º.-El Tribunal designado estará constituido por 1.-EN REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARIA DE SALUD MENTAL: TITULAR: Lic. JUAN COBO; SUPLENTE: Lic. SILVINA KINGARD

2.-EN REPRESENTACIÓN DE LA CASA TERAPEUTICA: TITULAR: Lic. EUGENIA GARCIA WILDE; SUPLENTE: Lic. FABIANA ABREGU

3.-EN REPRESENTACIÓN DEL COLEGIO DE PSICOLOGOS: TITULAR: Lic. LAILA QUINTAR; SUPLENTE: Lic. RAUL ARGÜELLO

ARTÍCULO 14°.-Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:

1.- Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 2 de la presente Resolución.

2.- Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.-

3.- Evaluación Técnica.-

4.- Entrevista Personal.-

5.-El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico.-

De conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución Nº 869-S-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.-

ARTÍCULO 15º: El ganador del concurso, deberá desempeñar funciones:

  • En la Casa Educativa Terapéutica o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.
  • Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.
  • Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.
  • De docencia y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.

ARTÍCULO 16º.-Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y  copia de la Resolución  a la Secretaría de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Soporte del Sistema de Salud, Dirección Provincial de Hospitales, a la Casa Educativa Terapéutica,  Colegio de Psicólogos y APUAP. Cumplido, archívese.-

 

Dra. Elena Meyer

Directora Provincial de Gestión

y Desarrollo del Factor Humano

Ministerio de Salud