BOLETÍN OFICIAL Nº 1 ANEXO – 04/01/12

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DECRETO Nº   9325   P.-

EXPTE. Nº  200-534/2010

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 OCT.2011

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º:  Apruébese la Reglamentación de la Ley 5670, que como Anexo I y II forma parte integrante del presente decreto.

ARTICULO  2º: La Autoridad de Aplicación del Régimen de Agrupamientos Industriales y de Servicios será la DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO INDUSTRIAL Y COMERCIAL dependiente de la SECRETARIA DE DESARROLLO PYME   E INTEGRACIÓN REGIONAL del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, la que queda facultada a dictar normas aclaratorias e interpretativas que sean necesarias para la presente reglamentación , que como Anexo I, forma parte integrante del presente decreto.-

 

WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR