BOLETÍN OFICIAL Nº 1 ANEXO – 04/01/12
DECRETO Nº 9325 P.-
EXPTE. Nº 200-534/2010
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 OCT.2011
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º: Apruébese la Reglamentación de la Ley 5670, que como Anexo I y II forma parte integrante del presente decreto.
ARTICULO 2º: La Autoridad de Aplicación del Régimen de Agrupamientos Industriales y de Servicios será la DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO INDUSTRIAL Y COMERCIAL dependiente de la SECRETARIA DE DESARROLLO PYME E INTEGRACIÓN REGIONAL del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, la que queda facultada a dictar normas aclaratorias e interpretativas que sean necesarias para la presente reglamentación , que como Anexo I, forma parte integrante del presente decreto.-
WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR