BOLETÍN OFICIAL Nº 106 ANEXO – 15/09/17

RESOLUCION N° 0294-DPGDFH/2017.-

EXPTE. N° 710-592/2017.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 AGO. 2017.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de DOS (2) cargos, UNO (1)- Categoría 10 (c-4) y UNO (1)-Categoría 10-30HS. de TECNICO SUPERIOR EN AGENTE SANITARIO y PROMOTOR DE LA SALUD -Agrupamiento Técnico para el HOSPITAL “GOB. ING. CARLOS SNOPEK” de esta Ciudad, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN; y

CONSIDERANDO:                                                     

Que, a fojas 1 obra solicitud  de la Directora Provincial de Atención Primaria de la Salud y Acción Comunitaria y el visto bueno del Señor Ministro de Salud;

Que, la Coordinación de Gestión del Factor Humano acredita la disponibilidad del cargo a cubrir;

Que, a los fines de la cobertura de los cargos vacantes de Técnicos y Auxiliares que rigen las disposiciones establecidas por  Resolución Nº 000618-S-2016;

Por ello;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO

RESUELVE:

ARTICULO 1°.-Llamar a CONCURSO ORDINARIO DE ANTECEDENTES y OPOSICION – CLASE CERRADO de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 000618-S-2016, para la cobertura de los siguientes cargos: AREA PROGRAMATICA Nº II HOSPITALGOB. ING. CARLOS SNOPEK” ALTO COMEDERO CATEGORIA 10 (c-4) UNO (1) CARGO DE TECNICO/A SUPERIOR EN AGENTE SANITARIO Y PROMOTOR DE LA SALUD CATEGORIA 10-30 HS. AGRUPAMIENTO TECNICO.-

ARTICULO 2°.-Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1.-Fotocopia del Título de TECNICO/A SUPERIOR EN AGENTE SANITARIO y PROMOTOR DE LA SALUD,  expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora. (Autenticado por Escribano Publico).-

2.-Fotocopia del Título Analítico. (Autenticado por Escribano Publico).-

3.-Fotocopia  de la Constancia de Matricula o Registro Habilitante emitida por el Área de Matriculación y Registro de este Ministerio  de Salud. (Actualizada –Año 2017).-

4.-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (Anverso y reverso).-

5.-Planilla Prontuarial, original o fotocopia. (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).-

6.-Certificado de Residencia, original, expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis  (6) meses desde la fecha de emisión).-

7.-Constancia de CUIL.-

8.-Constancia de no poseer Sumario Administrativo,  expedida por la Dirección Provincial de Personal. (Validez hasta seis (6) meses desde la fecha de expedición).-

9.-Certificado de Trabajo (Anexo V) confeccionado por el Sector de Personal del  HOSPITAL “GOB. ING. CARLOS SNOPEK”.-

10.-Valoración Conceptual de Desempeño Individual de cada antecedente laboral firmada por el Jefe del Área donde realizo el reemplazo y avalada por autoridad competente. Dicha Evaluación será exigible a partir de Junio de 2016 en adelante.-

11.-ACREDITAR: ANTECEDENTES DE REEMPLAZO O CONTRATO COMO MINIMO 14 DIAS DE TECNICO SUPERIOR EN AGENTE SANITARIO Y PROMOTOR DE LA SALUD EN EL NOSOCOMIO.-

12.-Curriculum Vitae, actualizado, con los antecedentes laborales y de formación en fotocopias debidamente certificadas por esta Dirección Provincial.-

ARTICULO 3º.- Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma:

-APERTURA DE INSCRIPCION: 08 de SETIEMBRE de 2017.-

-CIERRE DE INSCRIPCION: 22 de SETIEMBRE de 2017.-

-EL 25 de SETIEMBRE de 2017: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos. Igual periodo para la impugnación de la nómina.-

-A partir del 26 de SETIEMBRE de 2017: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos.-

El Tribunal  Evaluador determinará la fecha de la Evaluación Técnica y Entrevista.-

ARTÍCULO 4º.-Los antecedentes deberán ser presentados en el AREA CONCURSO DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO, en el HORARIO DE 8,30 a 13,00.-

ARTICULO 5°.- La inscripción de los postulantes será de carácter personal  o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-

ARTICULO 6°.-Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetando el orden de los requisitos establecido en el artículo 1º de presente Resolución.-

Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevarán a no considerar el antecedente declarado.-

Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.-

ARTICULO 7°.-El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos  para el puesto de trabajo o función para el que se postule.-

ARTICULO 8°.-La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.-

ARTICULO 9°.-La inscripción importa la  obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento.-

Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva. –

ARTÍCULO 10º.- No podrán participar del presente  concurso: 1.-Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.-

ARTÍCULO 11º.-El Tribunal está constituido  de la siguiente forma:1.-EN REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD: TITULAR:   DRA. VERONICA SERRA SUPLENTE: DRA. ALEJANDRA TOLAY 2.- EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “GOB. ING. CARLOS SNOPEK”: TITULAR:   DRA. MARCELA ZAMUDIO SUPLENTE: DRA. SILVIA FLOR 3.- EN REPRESENTACIÓN LA DIRECCION PROVINCIAL DE APS. Y ACCION COMUNITARIA: TITULAR:   LIC. ALCIRA CORDOBA SUPLENTE: LIC. RITA VELASQUEZ.-

ARTÍCULO 12°.-La representación de los veedores de ATSA,  UPCN y ATE se consignará a partir de la presentación de la nota emitida por la autoridad del  Gremio donde autoriza a participar del mencionado concurso.-ARTÍCULO 13º.-Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:

1.-Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 6 de la  presente Resolución.

2.-Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.-3.- Evaluación Técnica.-

4.- Entrevista Personal.-

5.-El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico.-

Todo ello, de conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución Nº 000618-S-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.-

ARTÍCULO 14º.- Los ganadores del concurso, deberán desempeñar funciones:

  • En el AREA PROGRAMATICA Nº II –HOSPITAL “GOB. ING. CARLOS SNOPEK” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.-
  • Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.-
  • Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.-

ARTÍCULO 15º.- Los postulantes se darán por notificados de todo el proceso de la convocatoria, con la simple publicación de las Actas en el lugar designado por la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano y en el Hospital  “GOB. ING. CARLOS SNOPEK”.-

ARTICULO 16º.-Los postulantes que acrediten domicilio DENTRO DEL AREA PROGRAMATICA CORRESPONDIENTE AL NOSOCOMIO, se le adicionara un 20% más al puntaje total de antecedentes, la que se corroborará con el D.N.I., planilla prontuarial y certificado de residencia.-

ARTÍCULO 17º.-Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y copia de la Resolución a las Secretarias de Coordinación de Atención de la Salud, Planificación y Políticas Sanitarias, Soporte del Sistema de Salud, a las Direcciones Provinciales de Hospitales y APS,  Hospital “GOB. ING. CARLOS SNOPEK”, a los Gremios de ATSA, ATE y UPCN. Cumplido, archívese.-

 

Dra. Elena Meyer

Directora Provincial de Gestión

y Desarrollo del Factor Humano