BOLETÍN OFICIAL Nº 100 ANEXO – 01/09/17
MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN-FISCALIA GENERAL
RESOLUCIÓN MPA Nº 515/2.017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 DE MAYO DE 2017.-
VISTO:
La solicitud de la Directora de Criminalística manifestado a fs. 37 y 38; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario adquirir equipamiento que garantice la recolección y manipulación de indicios en el lugar de los hechos, autentificando de esta manera la intervención del perito.-
Que se ha solicitado presupuesto a dos firmas comerciales del medio, OVIMEDIC S.R.L, y BIO-SALUD que rola a fs. 46 a 50.-
Que a fs. 53, la responsable del sector Contrataciones y Compras sugiere pre-adjudicar la compra al proveedor BIO-SALUD de Raquel O. Alarcón por ofrecer el producto a menor precio.-
Que a fs. 54, se informa sobre la existencia de crédito en Partida Presupuestaria 7.1.1.0. Bienes de Capital para hacer frente a la erogación que demanda la inversión.-
Que la compra se encuentra dentro de los topes autorizados por Decreto Acuerdo N° 878-HF/2016, Art. 1 inc. d., conforme lo establecido en Decreto Ley N°159-H/G-57, Capítulo VI, Artículo 54, inc. 3 ap. a).-
Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 2º y artículo 17 de la Ley Provincial Nº 5.895;
EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION
RESUELVE:
1º.- AUTORIZAR la Compra Directa del Renglón 20, al Proveedor BIO-SALUD de Raquel O. Alarcón por la suma de Pesos Diez Mil Cuatrocientos Dieciocho 00/100 ($ 10.418.00).-
2º.- AUTORIZAR el libramiento de Órdenes de Compra y de Pago a favor de BIO-SALUD de Raquel O. Alarcón por Pesos Diez Mil Cuatrocientos Dieciocho con 00/100 ($ 10.418,00).-
3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior será imputada a la Partida Presupuestaria 7.1.1.0 Bienes de Capital.-
4º.- Protocolícese, notifíquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y archívese.-
Dr. Sergio E. Lello Sánchez
Fiscal General
01 SEPT. S/C.-