BOLETÍN OFICIAL Nº 100 ANEXO – 01/09/17
MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN
RESOLUCIÓN MPA Nº 537/2.017.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 DE MAYO DE 2.017.-
VISTO:
La necesidad de adquirir un nuevo servidor de mayor capacidad de procesamiento que el actual para un correcto funcionamiento de los sistemas del Ministerio, expresada a fs. 02 por el Secretario de Desarrollo Organizacional y Tecnologías de la Información; y
CONSIDERANDO:
Que esta Fiscalía General comparte el criterio expuesto por el Secretario de Desarrollo Organizacional y Tecnologías de la Información, por las razones que fundamentan la necesidad, descriptas en la nota de solicitud.-
Que se han solicitado presupuestos a tres (3) casas comerciales del medio, Zentech Tecnología en Equilibrio de Roberto Julio Álvarez, Simecom Tecnología y Nova Informática.-
Que a fs. 07 el Secretario de Desarrollo Organizacional y Tecnologías de la información pre-adjudica la compra a Zentech Tecnología en Equilibrio de Roberto Julio Álvarez por cotizar el producto ajustado a los requerimientos y a menor precio.-
Que a fs. 08 se informa sobre la existencia de crédito presupuestario en las Partida Presupuestaria 7.1.1.0. Bienes de Capital, para hacer frente a la erogación que demanda la inversión.-
Que la compra se encuentra dentro de los topes autorizados por Decreto Acuerdo N° 878-HF/2016, Art. 1 inc. d., conforme lo establecido en Decreto Ley N° 159-H/G-57, Capítulo VI, Artículo 54, inc. 3 ap. a).-
Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 2, 3 y artículo 17 de la Ley Provincial Nº 5.895;
EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION
RESUELVE:
1º.-AUTORIZAR la Compra Directa a ZENTECH TECNOLOGÍA EN EQUILIBRIO de Roberto Julio Álvarez, de los bienes solicitados por la suma de Pesos Ciento Cinco Mil Doscientos Trece con 00/100 ($105.213,00).-
2º.-AUTORIZAR el libramiento de la Orden de Compra correspondiente, y una vez recibido los bienes, se libre la Orden de Pago a favor de ZENTECH TECNOLOGÍA EN EQUILIBRIO de Roberto Julio Álvarez, por la suma de Pesos Ciento Cinco Mil Doscientos Trece con 00/100 ($105.213,00).-
3º.-La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior será imputada a la Partida Presupuestaria 7.1.1.0 Bienes de Capital.-
4º.-Protocolícese, notifíquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y archívese.-
Dr. Sergio E. Lello Sánchez
Fiscal General
01 SEPT. S/C.-