BOLETÍN OFICIAL Nº 95 ANEXO – 18/08/17

RESOLUCION Nº 0281-DPGDFH/17.-

EXPTE. Nº 0723-0812/2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 AGO. 2017.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargo  de TECNICO EN ESTERILIZACION-Agrupamiento Técnico para el HOSPITAL  “DR. OSCAR ORIAS” de la Localidad de Libertador Gral. San Martin, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN; y

CONSIDERANDO:                                                     

Que, a fojas 1 obra solicitud donde las autoridades del nosocomio solicitan personal formado en Esterilización para la puesta en funcionamiento de aparatología Nueva consistente en un estufa y un autoclave y a fojas 47 obra visto Bueno del Director Provincial de Hospitales;

Que, la Coordinación de Gestión del Factor Humano acredita la disponibilidad del cargo a cubrir;

Que, a los fines de la cobertura de los cargos  del AGRUPAMIENTO TECNICO rigen las disposiciones establecidas por  Resolución Nº 000618-S-2016;

Por ello;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Llamar a CONCURSO ORDINARIO DE ANTECEDENTES y OPOSICION-CLASE ABIERTO de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 000618-S-2016, para la cobertura del siguiente cargo:

 AREA PROGRAMATICA Nº XI HOSPITAL “DR. OSCAR ORIAS” LIBERTADOR GRAL. SAN MARTIN UN (1) CARGO DE TECNICA/O  EN ESTERILIZACION; CATEGORIA 10 (c-4); AGRUPAMIENTO TECNICO – LEY Nº 3161.-

ARTICULO 2º.- Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Fotocopia del Título de Técnico en Esterilización expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora. (Autenticado por Escribano Publico o Institución Formadora).
  2. Fotocopia del Título Analítico (Autenticado por Escribano Publico o Institución Formadora).
  3. Fotocopia de la Constancia de Matricula emitida por el Área de Matriculación y Registro de este Ministerio de Salud (Actualizada –Año 2017).-
  4. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (Anverso y reverso).
  5. Planilla Prontuarial, fotocopia (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).
  6. Certificado de Residencia-original, expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión)
  7. Constancia de CUIL.
  8. Constancia de no poseer Sumario Administrativo-original, expedida por la Dirección Provincial de Personal. (Validez hasta seis (6) meses desde la fecha de expedición).
  9. Valoración Conceptual de Desempeño Individual de cada antecedente laboral firmada por el Jefe del Área donde realizo el reemplazo y avalada por autoridad competente. Dicha Evaluación será exigible a partir de Junio de 2016 en adelante.
  10. Curriculum Vitae Nominal, actualizado, con los antecedentes laborales y de formación en fotocopias debidamente certificadas por esta Dirección Provincial.

ARTÍCULO 3º.- Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma:

-APERTURA DE INSCRIPCION: 11 de Setiembre de 2017; CIERRE DE INSCRIPCION:       25 de Setiembre de 2017

-26 de Setiembre de 2017: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos. Igual periodo para la impugnación de la nómina.

-A partir del 27 de Setiembre de 2017: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; evaluación técnica,  entrevista, confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos. El Tribunal  Evaluador determinará la fecha de la Evaluación Técnica y Entrevista.

ARTÍCULO 4º.-  Los antecedentes deberán ser presentados en el AREA CONCURSOS DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO, en el HORARIO DE 8.30 a 13.00.-

ARTICULO 5º.- La inscripción de los postulantes será de carácter personal  o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-

ARTICULO 6º.- Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetando el orden de los requisitos establecido en el artículo 6 del Anexo I de la Resolución Nº 618-S/16. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevarán a no considerar el antecedente declarado. Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.-

ARTICULO 7º.- El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos  para el puesto de trabajo o función para el que se postule.-

ARTICULO 8º.- La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.-

ARTICULO 9º- La inscripción importa la  obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento. Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva.-

ARTÍCULO 10º   No podrán participar del presente  concurso: Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.-

ARTÍCULO 11º.- El Tribunal está constituido  de la siguiente forma:

1.-EN REPRESENTACIÓN POR LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO: TITULAR: FARM. BEATRIZ ALBERTO, SUPLENTE: FARM. MARTA MUÑOZ

2.-EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “DR. OSCAR ORIAS”: TITULAR: LIC. LIDIA MABEL BULAÑOS, SUPLENTE: SRA. GRACIELA GUANUCO

3.-EN REPRESENTACIÓN DEL DEPARTAMENTO PROVINCIAL  DE FARMACIA: TITULAR: FARM.  MARIA DEL CARMEN HERRERO, SUPLENTE: FARM. FANNY MARTIARENA

ARTÍCULO 12º.- La representación de los veedores de ATSA, UPCN y ATE se consignará a partir de la presentación de la nota emitida por la autoridad del  Gremio donde autoriza a participar del mencionado concurso.-

 ARTÍCULO 13º.- Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:

1.-Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 6 de la  presente Resolución.-

2.-Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.-

3.- Evaluación Técnica.-

4.- Entrevista Personal.-

5.-El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico.-

Todo ello, de conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución Nº 000618-S-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.-

ARTÍCULO 14º.-  El ganador del concurso, deberá desempeñar funciones:

  • En el HOSPITAL  “DR. OSCAR ORIAS” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.
  • Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.
  • Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.

ARTÍCULO 15º.- Los postulantes se darán por notificados de todo el proceso de la convocatoria, con la simple publicación de las Actas en el lugar designado por la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano y en el   HOSPITAL  “DR. OSCAR ORIAS”.-

ARTÍCULO 16º.- Los postulantes que acrediten domicilio en el Departamento Ledesma, se les duplicara el puntaje total de antecedentes, la que se corroborará con el D.N.I., planilla prontuarial y certificado de residencia.-

ARTÍCULO 17º.- Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y  copia de la Resolución  a las Secretarias de Coordinación de Atención de la Salud, Planificación y Políticas Sanitarias, Soporte del Sistema de Salud, a las Direcciones Provinciales de Hospitales y APS, Hospital  “DR. OSCAR ORIAS”, al Departamento Provincial de Farmacia  y a los Gremios de ATSA, ATE, UPCN.   Cumplido, archívese.-

 

Dra. Elena Meyer

Directora Provincial de Gestión y

Desarrollo del Factor Humano