BOLETÍN OFICIAL Nº 95 ANEXO – 18/08/17
RESOLUCION Nº 0281-DPGDFH/17.-
EXPTE. Nº 0723-0812/2016.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 AGO. 2017.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargo de TECNICO EN ESTERILIZACION-Agrupamiento Técnico para el HOSPITAL “DR. OSCAR ORIAS” de la Localidad de Libertador Gral. San Martin, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN; y
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 1 obra solicitud donde las autoridades del nosocomio solicitan personal formado en Esterilización para la puesta en funcionamiento de aparatología Nueva consistente en un estufa y un autoclave y a fojas 47 obra visto Bueno del Director Provincial de Hospitales;
Que, la Coordinación de Gestión del Factor Humano acredita la disponibilidad del cargo a cubrir;
Que, a los fines de la cobertura de los cargos del AGRUPAMIENTO TECNICO rigen las disposiciones establecidas por Resolución Nº 000618-S-2016;
Por ello;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Llamar a CONCURSO ORDINARIO DE ANTECEDENTES y OPOSICION-CLASE ABIERTO de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 000618-S-2016, para la cobertura del siguiente cargo:
AREA PROGRAMATICA Nº XI HOSPITAL “DR. OSCAR ORIAS” LIBERTADOR GRAL. SAN MARTIN UN (1) CARGO DE TECNICA/O EN ESTERILIZACION; CATEGORIA 10 (c-4); AGRUPAMIENTO TECNICO – LEY Nº 3161.-
ARTICULO 2º.- Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:
- Fotocopia del Título de Técnico en Esterilización expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora. (Autenticado por Escribano Publico o Institución Formadora).
- Fotocopia del Título Analítico (Autenticado por Escribano Publico o Institución Formadora).
- Fotocopia de la Constancia de Matricula emitida por el Área de Matriculación y Registro de este Ministerio de Salud (Actualizada –Año 2017).-
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (Anverso y reverso).
- Planilla Prontuarial, fotocopia (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).
- Certificado de Residencia-original, expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión)
- Constancia de CUIL.
- Constancia de no poseer Sumario Administrativo-original, expedida por la Dirección Provincial de Personal. (Validez hasta seis (6) meses desde la fecha de expedición).
- Valoración Conceptual de Desempeño Individual de cada antecedente laboral firmada por el Jefe del Área donde realizo el reemplazo y avalada por autoridad competente. Dicha Evaluación será exigible a partir de Junio de 2016 en adelante.
- Curriculum Vitae Nominal, actualizado, con los antecedentes laborales y de formación en fotocopias debidamente certificadas por esta Dirección Provincial.
ARTÍCULO 3º.- Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma:
-APERTURA DE INSCRIPCION: 11 de Setiembre de 2017; CIERRE DE INSCRIPCION: 25 de Setiembre de 2017
-26 de Setiembre de 2017: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos. Igual periodo para la impugnación de la nómina.
-A partir del 27 de Setiembre de 2017: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; evaluación técnica, entrevista, confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos. El Tribunal Evaluador determinará la fecha de la Evaluación Técnica y Entrevista.
ARTÍCULO 4º.- Los antecedentes deberán ser presentados en el AREA CONCURSOS DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO, en el HORARIO DE 8.30 a 13.00.-
ARTICULO 5º.- La inscripción de los postulantes será de carácter personal o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-
ARTICULO 6º.- Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetando el orden de los requisitos establecido en el artículo 6 del Anexo I de la Resolución Nº 618-S/16. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevarán a no considerar el antecedente declarado. Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.-
ARTICULO 7º.- El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.-
ARTICULO 8º.- La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.-
ARTICULO 9º- La inscripción importa la obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento. Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva.-
ARTÍCULO 10º No podrán participar del presente concurso: Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.-
ARTÍCULO 11º.- El Tribunal está constituido de la siguiente forma:
1.-EN REPRESENTACIÓN POR LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO: TITULAR: FARM. BEATRIZ ALBERTO, SUPLENTE: FARM. MARTA MUÑOZ
2.-EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “DR. OSCAR ORIAS”: TITULAR: LIC. LIDIA MABEL BULAÑOS, SUPLENTE: SRA. GRACIELA GUANUCO
3.-EN REPRESENTACIÓN DEL DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE FARMACIA: TITULAR: FARM. MARIA DEL CARMEN HERRERO, SUPLENTE: FARM. FANNY MARTIARENA
ARTÍCULO 12º.- La representación de los veedores de ATSA, UPCN y ATE se consignará a partir de la presentación de la nota emitida por la autoridad del Gremio donde autoriza a participar del mencionado concurso.-
ARTÍCULO 13º.- Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:
1.-Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 6 de la presente Resolución.-
2.-Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.-
3.- Evaluación Técnica.-
4.- Entrevista Personal.-
5.-El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico.-
Todo ello, de conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución Nº 000618-S-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.-
ARTÍCULO 14º.- El ganador del concurso, deberá desempeñar funciones:
- En el HOSPITAL “DR. OSCAR ORIAS” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.
- Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.
- Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.
ARTÍCULO 15º.- Los postulantes se darán por notificados de todo el proceso de la convocatoria, con la simple publicación de las Actas en el lugar designado por la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano y en el HOSPITAL “DR. OSCAR ORIAS”.-
ARTÍCULO 16º.- Los postulantes que acrediten domicilio en el Departamento Ledesma, se les duplicara el puntaje total de antecedentes, la que se corroborará con el D.N.I., planilla prontuarial y certificado de residencia.-
ARTÍCULO 17º.- Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y copia de la Resolución a las Secretarias de Coordinación de Atención de la Salud, Planificación y Políticas Sanitarias, Soporte del Sistema de Salud, a las Direcciones Provinciales de Hospitales y APS, Hospital “DR. OSCAR ORIAS”, al Departamento Provincial de Farmacia y a los Gremios de ATSA, ATE, UPCN. Cumplido, archívese.-
Dra. Elena Meyer
Directora Provincial de Gestión y
Desarrollo del Factor Humano